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La valoración del grado de discapacidad se podrá realizar por medios no presenciales cuando las circunstancias así lo aconsejen

  • Según la Resolución publicada hoy en el BOE, que incluye una serie de supuestos especiales que pueden dar lugar a dicha valoración por medios no presenciales o telemáticos.
El Boletín Oficial del Estado en una tablet

El BOE publica hoy la Resolución de 17 de mayo de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad, relativo a las circunstancias especiales que pueden dar lugar a la valoración del grado de discapacidad por medios no presenciales o telemáticos. 

Según señala esta Resolución, se podrá hacer la valoración de la discapacidad de forma no presencial cuando las especiales circunstancias de las personas interesadas así lo aconsejen. El órgano competente para resolver, de oficio o a instancia de la persona interesada, podrá acordar que el equipo multiprofesional realice la valoración por medios no presenciales o telemáticos, quedando garantizada en todo caso la accesibilidad universal y considerando los factores contextuales y ambientales en el entorno habitual de residencia de la persona. 

A continuación destacamos los supuestos en los que se puede solicitar la valoración del grado de discapacidad de forma no presencial: 

  • Cuando la persona interesada se encuentra inmovilizada o se constate una situación sociosanitaria que desaconseje su traslado al centro de valoración. 
  • Cuando las circunstancias ambientales o epidemiológicas dificulten o desaconsejen la movilidad de la ciudadanía. 
  • En pacientes inmunodeprimidos o en tratamiento inmunosupresor, cuya situación desaconseje su traslado. 
  • Personas institucionalizadas en las que se desaconseje su traslado. 
  • Cuando la documentación que conste en el expediente o que esté disponible en los sistemas de información de los servicios públicos de salud, servicios sociales y educación, aporten información objetiva y suficiente para realizar la valoración y, en su caso la revisión, y se estime que la cita presencial no va a aportar una información relevante que pueda modificar la valoración de la discapacidad 

 Desde Autismo España hemos trabajado para que la valoración de la discapacidad por medios no presenciales con el nuevo baremo de la discapacidad sea siempre una vía para facilitar este procedimiento a las personas cuyas circunstancias así lo requieran, pero que no pueda suponer nunca un recorte de sus derechos o una disminución de la atención por parte de la administración.