Más de 700 beneficiarios de la tarjeta de ‘Acompañamiento y Accesibilidad’ en La Rioja
Apenas ha pasado un año desde que en julio de 2016 se activase la tarjeta sanitara AA de ‘Acompañamiento y Accesibilidad’ en La Rioja, pero a día de hoy son ya 733 riojanos y sus familias los que se están beneficiando de sus ventajas.
Este servicio dirigido a personas con diferentes discapacidades ha sido muy bien aceptado tanto por sus usuarios como por el Sistema Público de Salud de La Rioja. Y es que nació como un acuerdo entre administración y asociaciones, entre las que se encuentra ARPA (Asociación Riojana para el Autismo), entidad asociada a Autismo España.
Aunque la 'Tarjeta AA' no otorga ningún derecho sanitario adicional a los pacientes que la posean, sí permite una atención más accesible y adaptada a las necesidades. El portador de la misma puede estar acompañado permanentemente por un familiar o cuidador tanto en la espera como en la consulta o durante el acto médico, siempre que la situación clínica lo permita.
Además, el acceso a la consulta se ajusta lo máximo posible al horario de la cita reduciéndose de este modo la espera entre la llegada al centro sanitario y el momento de la atención al paciente. Por su parte, esta medida también facilita la labor de los profesionales, ya que quedan alertados de antemano de la llegada del paciente bien por la marca registrada en la propia tarjeta sanitaria o por la inclusión de un aviso en la hoja de citación.
Para obtener la acreditación de la condición de beneficiario 'AA', los pacientes cuyas patologías estén dentro del ámbito de aplicación, sus familiares (presentando el libro de familia), sus representantes legales o personas debidamente autorizadas pueden solicitar la emisión de la 'Tarjeta AA' rellenado el modelo de solicitud, que está disponible en las unidades de Admisión de los centros sanitarios del Servicio Riojano de Salud y también puede descargarse a través de la página web (www.riojasalud.es).
Estas patologías son: demencia con un nivel de afectación cognitivo al menos moderado y/o trastorno de conducta; discapacidad intelectual grave y profunda o con trastorno de conducta; discapacidad con trastorno de comunicación grave; trastorno del espectro autista con trastornos de conducta; trastorno mental crónico con grave déficit del funcionamiento psicosocial y sordoceguera.