40 años de la aprobación de la LISMI: Grandes avances y retos por delante
El 7 de abril de 1982, hace ya 40 años, se aprobó en España la Ley de Integración Social de los Minusválidos, conocida popularmente como LISMI. La LISMI fue la primera ley general de discapacidad en nuestro país, suponiendo la aplicación legal de los principios rectores para el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad que establecía el artículo 49 de la Constitución. Ambos textos normativos supusieron un importante paso hacia el reconocimiento y la protección de los derechos de las personas con discapacidad que se han visto también reflejado en los derechos y el reconocimiento de las personas con autismo.
La Ley de Integración Social constituía el cambio necesario en materia de derechos de las personas con discapacidad en prevención, cuidados médicos, diagnóstico y valoración de la discapacidad, prestaciones económicas, rehabilitación, tratamiento y orientación psicológica, educación, recuperación profesional e integración laboral. Según su artículo tres, los poderes públicos debían prestar los recursos necesarios para el ejercicio de dichos derechos, que hasta la fecha habían quedado amparados por familiares y organizaciones sociales y benéficas. La realidad es que hasta su aprobación las personas con discapacidad se encontraban excluidas del mercado laboral, respondiendo así a derechos constitucionales que hasta su aprobación no se respetaban era. Este texto legislativo que tenía entre sus principales objetivos la inclusión en el mercado laboral de las personas con discapacidad. Un buen ejemplo es el sistema de cuotas que, a pesar de que aún presenta retos, facilitó la integración estableciendo, por primera vez en España, que todas las empresas con una plantilla que superase los 50 trabajadores debieran reservar una cuota del 2% para personas con un grado de discapacidad igual o mayor al 33%. Sin duda, este es importante avance que marca un hito en los derechos de las personas con discapacidad.
En 2014 se unifican varias normativas que darán lugar a la actual Ley general de los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Esta refunde, regulariza, aclara y armoniza en un único texto legal tres normas: la Lismi, la Liondau (2003) y la Ley de infracciones y sanciones (2007). Estas son las tres disposiciones legales de carácter general vigentes en España que amparan los derechos de las personas con discapacidad. Además de la unificación, la nueva normativa introduce modificaciones terminológicas, sustituyendo la palabra minusválido por persona con discapacidad, e inserción/integración por inclusión. Estos cambios terminológicos suponen también un cambio de marco y percepción de las personas con discapacidad y sus derechos, constituyendo la igualdad como eje central. En la actualidad seguimos empujando para que se produzca la aclamada reforma del artículo 49 de la Constitución, sin duda, un avance necesario, en el que, además de erradicar el término disminuido de la Carta Magna, la norma suprema del nuestro ordenamiento jurídico sitúe a las personas con discapacidad en el marco de los derechos humanos.
Podemos afirmar que la ley es un acontecimiento relevante para la igualdad y la justicia social en España, por la visión, el enfoque y la concepción que implica en los derechos de las personas con discapacidad, siendo la base inspiradora de las políticas públicas posteriormente desarrolladas y hoy afianzadas que amparan los derechos y la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad. Sin embargo, aún quedan muchos retos y situaciones de desamparo y desprotección que es necesario solucionar, por eso debemos seguir esforzándonos e impulsando la aplicación efectiva de la ley, para pasar de las buenas intenciones a la garantía de derechos y mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad. Desde Autismo España seguimos trabajando para que nuestro colectivo y sus familias disfruten de manera real de los derechos y la igualdad de oportunidades que la Ley perfila.