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04.10.2016 Accesibilidad

Posicionamiento de Autismo España sobre el Comentario General no 4 (2016)

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El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas ha publicado, el 2 de Septiembre de 2016, el Comentario General no4 (2016), remarcando la importancia del Articulo 24 sobre el derecho a la educación inclusiva de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y reafirmando el carácter imperativo de su aplicación por los Estados miembros.

La Comisión justificó su decisión de centrarse en el derecho a la educación inclusiva, equitativa y de calidad para todos los estudiantes, incluyendo a aquellos y aquellas con discapacidades, destacando la importancia de esta cuestión para el actual Secretario General, que se está acercando al final de su mandato, y que había hecho de este tema el cuarto de los 17 Objetivos del Desarrollo Sostenible.

A los efectos de este Comentario general, el concepto de educación inclusiva de calidad se define como «un proceso de reforma sistémica que implica cambios y modificaciones en el contenido, los métodos de enseñanza, los enfoques, estructuras y estrategias en la educación para superar las barreras, con una visión que sirve para proporcionar a todo el  alumnado del mismo grupo de edad  una experiencia de aprendizaje equitativo y participativo y el entorno que mejor se adapte a sus necesidades y preferencias ».

El Comité desaprueba que la educación inclusiva de calidad, como medio esencial para lograr el desarrollo social de las personas con discapacidad, requiera todavía esfuerzos continuados para que no esté sólo disponible en entornos aislados del grupo de iguales o donde se ofrece una calidad inferior en los apoyos.

Por otra parte, el Comité insiste en la obligación de los Estados miembros de «respetar, proteger y cumplir con cada una de las características esenciales del derecho a la educación inclusiva: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad".

Por otra parte, el Comité insta a los Estados parte a implementar con efecto inmediato los derechos fundamentales de no discriminación de todas las personas con discapacidad, asegurando la no-exclusión de la educación y la eliminación de las desventajas estructurales y «medidas legales, administrativas u otras formas de discriminación que impidan la el acceso a la educación inclusiva », así como a promover los ajustes razonables para asegurar la no exclusión de la educación, y garantizar que sea obligatoria, gratuita y financiada con fondos públicos, inclusiva, equitativa y de calidad, para todos los niños y jóvenes durante la educación primaria y secundaria hasta, al menos, los 12 años de edad, de los cuales al menos nueve años serán obligatorios.

Además, el Comité pone énfasis en la obligación de los Estados miembro a «adoptar e implementar una estrategia nacional de educación que incluya la facilitación de la educación a todos los niveles y para todos los alumnos, sobre la base de la inclusión y la igualdad de oportunidades».

Por último, destaca que para que la educación inclusiva se pueda convertir en una realidad, es necesario asegurar la libertad de movilidad y desplazamiento independiente, (definidos en el artículo 20 de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad), así como el derecho de las personas con discapacidad a gozar del nivel más alto posible de salud sin discriminación (artículo 25 de la citada Convención).

En línea con este Comentario General no4 del Comité, Autismo España insta a las Administraciones Públicas a atender las observaciones realizadas por el Comité y a analizar con urgencia la situación del alumnado con TEA en España.

Como el Comité destaca, una de las barreras fundamentales para el avance de sistemas inclusivos de educación es la ausencia de investigación e información sobre las necesidades que presentan los estudiantes con distintas discapacidades y sobre las medidas educativas que son esenciales para garantizar no sólo la presencia de este alumnado en entornos educativos ordinarios, sino también su participación real en los mismos y el éxito de sus aprendizajes.

Entre las barreras existentes, el Comité señala aspectos esenciales de la misma configuración de los sistemas educativos y de las políticas que los regulan, elementos que son perfectamente aplicables al caso de España.

Entre ellos señala la necesidad de garantizar la accesibilidad universal del contexto educativo, removiendo y eliminando las barreras existentes en la actualidad y que afectan no sólo a la accesibilidad física de los entornos, sino también a la comprensión, a la comunicación, o a la interacción en los mismos. Además destaca la necesidad de capacitar y formar adecuadamente a todos los agentes que conforman el sistema educativo, incluyendo a los equipos de orientación, el profesorado y demás miembros de la comunidad educativa, para que puedan proporcionar una respuesta educativa de calidad a todos los alumnos y alumnas, incluyendo a aquellos que presentan alguna discapacidad. 

Considerando estos aspectos, Autismo España insiste en la necesidad de efectuar un análisis exhaustivo de la situación del alumnado con TEA en nuestro país, identificando su situación y necesidades, así como aquellos modelos de buena práctica que siendo coherentes con el respeto y la garantía de sus derechos fundamentales, demuestran la mayor eficacia y eficiencia en el logro de una educación inclusiva y de calidad.

Autismo España considera que la propia definición de los TEA recoge la enorme diversidad que caracteriza este tipo de trastornos y de las necesidades de las personas que los presentan. Asimismo, destaca que la regulación y los recursos del sistema educativo son enormemente heterogéneas en función de los distintos territorios y Comunidades Autónomas, lo que incide en los modelos educativos, intervenciones y estrategias que se encuentran disponibles.

Parece claro que sin un análisis riguroso de estos factores, así como de los elementos que contribuyen a garantizar la especialización de la educación que precisan las personas con TEA, será difícil que el sistema educativo actual y las medidas que se establezcan para avanzar en su transformación, puedan dar respuesta a las necesidades que presenta este alumnado si no se dispone de los medios y recursos necesarios.

Asimismo, también será difícil avanzar en su inclusión educativa real, garantizando no sólo que se logren cambios en el entorno físico en el que se encuentren ubicados, sino también el máximo desarrollo y aprovechamiento de la educación, así como el logro de una inclusión efectiva.