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Información importante sobre las ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
- Se entenderá como acreditación suficiente el certificado emitido por un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o por el departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
Autismo EspañaMadrid05 Oct 2016 - 12:04 CEST0
En relación al procedimiento de solicitud de las ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo convocadas por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, de 27 de julio de 2016, tal y como ha comunicado el CERMI, con quien hemos mantenido una interlocuión directa en relación a este asunto, la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECyD) ha remitido una nueva Instrucción con el fin de facilitar el procedimiento de solicitud por la que:
“se entenderá como acreditación suficiente de la concurrencia de necesidad educativa especial derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta, el certificado emitido a tal efecto por un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o por el departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente”.
Al mismo tiempo, el CERMI también nos ha informado de que con base al informe de la Abogacía del Estado, dicha instrucción es válida y obligatoria por cuanto la misma la emite el mismo órgano proponente del procedimiento, es decir, el MECyD.
Se adjunta nueva Resolución de la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 6 de octubre.
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