Compartir

Reclamamos la misma protección en la CUME para los funcionarios públicos que para el personal laboral

  • Desde Autismo España trasladamos propuestas de mejora para que el funcionariado público con hijos e hijas con autismo cuente con los mismos derechos que las personas trabajadoras del ámbito laboral.
  • La necesidad de cuidados directos, continuos y permanentes de un hijo o hija con autismo es la misma con independencia de que su padre o su madre trabaje en una empresa privada o en la Administración pública.
Un niño con autismo de espaldas jugando con su madre

Desde Autismo España hemos presentado aportaciones al trámite de audiencia e información pública del proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla el permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave. Este permiso, que permitirá dotar de mayor seguridad jurídica a las familias funcionarias que deben reducir su jornada para atender a sus hijos e hijas.  está previsto en el Artículo 49.e) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. El proyecto, impulsado por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, regula este derecho para el personal funcionario de la Administración del Estado. Se trata del equivalente, en la función pública, de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME).

Ya el pasado mes de junio presentamos aportaciones al proyecto de Real Decreto que regula la prestación CUME en el sistema de la Seguridad Social, entre las que destacan la inclusión expresa del Trastorno del Espectro del Autismo en el listado de enfermedades graves, una reivindicación histórica del movimiento asociativo del autismo; la incorporación de supuestos asimilados al ingreso hospitalario y la compatibilidad de la prestación con la escolarización y con la asistencia a centros educativos, terapéuticos o de atención especializada.

Estas mejoras, que venimos defendiendo desde hace años y aún no han sido aprobadas, deben extenderse también al personal funcionario. Porque la necesidad de cuidados directos, continuos y permanentes de un hijo o hija con autismo es la misma con independencia de que su padre o su madre trabaje en una empresa privada o en la Administración pública. Por ello, las aportaciones que hemos presentado ahora siguen la línea de las formuladas en junio y persiguen equiparar la protección de ambos colectivos, tal y como declara el propio proyecto normativo. Estas son las principales: 

  1. Inclusión expresa del autismo en el listado de enfermedades graves
  2. Inclusión de la guarda de hecho
  3. Reconocimiento de los cuidados no estrictamente clínicos
  4. El médico de atención primaria, válido para el reconocimiento inicial y todas las prórrogas
  5. Supresión del límite de edad en casos de discapacidad o dependencia
  6. Reconocimiento previo del derecho antes de reducir la jornada

Para Autismo España, el desarrollo de este permiso supone una oportunidad para garantizar la igualdad de derechos entre las familias del ámbito laboral y las de la función pública. Continuaremos trabajando durante la tramitación de ambos Reales Decretos para que la regulación final asegure que todas las personas con autismo y sus familias cuenten con los apoyos que necesitan, con independencia del régimen de empleo de sus progenitores.